- Colaboración de la Agencia Tributaria con los órganos jurisdiccionales
La Agencia Tributaria desarrolla el deber de colaboración con los órganos jurisdiccionales, establecido en los artículos 118 de la Constitución Española y 17.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, a través de diversas funciones, entre las que destacan el auxilio judicial y el peritaje en procesos de delito contra la Hacienda Pública, el suministro de información a los órganos jurisdiccionales y al Ministerio Fiscal y el ejercicio de la función de policía judicial por los funcionarios de Vigilancia Aduanera.
En ese sentido, la colaboración se instrumenta, básicamente, a través de las siguientes vías:
Unidad de apoyo a la Fiscalía Anticorrupción
La Agencia Tributaria dispone de una Unidad de apoyo a la Fiscalía Especial contra la Corrupción y la Criminalidad Organizada (Fiscalía Anticorrupción), cuya función consiste en realizar los informes, auditorías y actuaciones que le requiera el Fiscal Jefe de la Fiscalía Especial o el Fiscal General del Estado. Esta Unidad depende orgánica y funcionalmente de la Dirección General de la Agencia Tributaria y está dotada y financiada por la Agencia.
Colaboración en el ámbito de los delitos contra la Hacienda Pública
Actuaciones anteriores a la iniciación del proceso penal
Las actuaciones de comprobación que desarrolla la Agencia Tributaria a través del procedimiento de inspección pueden poner de manifiesto hechos susceptibles de ser constitutivos de un delito contra la Hacienda Pública.
Adicionalmente, la Agencia Tributaria también presenta denuncias por la existencia de indicios de fraude fiscal tras la realización de actuaciones de investigación por los órganos de Inspección, sin que se haya iniciado un procedimiento de comprobación.
En 2014, se han tramitado 391 expedientes de denuncia por delito fiscal referidos a una cuota de 305 millones de euros y 109 expedientes por blanqueo de capitales referidos a una cuota de 486 millones de euros.
Actuaciones durante el proceso penal
Durante el proceso penal, son numerosas las solicitudes de colaboración de la Agencia Tributaria por parte de los órganos jurisdiccionales, bien a través de un auxilio judicial, bien a través de peritajes, en causas por delitos contra la Hacienda Pública, materia en la que sus funcionarios son plenamente competentes.
Además, los actuarios que han realizado informes de delito fiscal, base de las denuncias presentadas por la Agencia Tributaria, participan en el proceso penal, ratificando dichos informes, bien en la fase de instrucción, bien en juicio oral, en su condición de testigos.
Actuaciones para asegurar las posibles responsabilidades pecuniarias que se declaren en el proceso penal
Tras las modificaciones introducidas en la Ley General Tributaria (en adelante, LGT) por la Ley 7/2012, la Agencia Tributaria puede adoptar medidas cautelares para garantizar las posibles responsabilidades que se declaren en el proceso judicial, tanto antes de la iniciación del proceso (artículo 81.5 LGT) como después de formulada la denuncia por delito contra la Hacienda Pública (artículo 81.8 LGT), en cuyo caso deben ser sometidas al juez penal.
Actuaciones en la ejecución de sentencias penales
De conformidad con lo dispuesto en la disposición adicional 10ª de la Ley General Tributaria, y en el artículo 305.7 del Código Penal, tras la reforma operada por la Ley Orgánica 7/2012, la Agencia Tributaria auxilia a los jueces y tribunales en la ejecución de las sentencias condenatorias por delito contra la Hacienda Pública, exigiendo por el procedimiento de apremio la pena de multa y la responsabilidad civil declarada en sentencia.
Colaboración en otros procesos judiciales.
Suministro de información
El Convenio de colaboración, de 7 de septiembre de 2010, entre el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Ministerio de Justicia y la Agencia Tributaria, en materia de cesión de información tributaria por la Agencia a los Juzgados y Tribunales, permite a los órganos jurisdiccionales acceder directamente a las bases de datos de la Agencia Tributaria, mediante conexión telemática (web service), a través del Punto Neutro Judicial que gestiona el CGPJ en el marco definido por la Agencia Tributaria. Además, para aquellos supuestos no incluidos en el acuerdo, se tramitan solicitudes individuales de información.
Durante 2014 se han tramitado 18.209 solicitudes judiciales de información tributaria individual, casi 72 informes por día laboral, dato que debe ponerse en relación con el incremento de los accesos directos por los órganos jurisdiccionales mediante conexión telemática al Punto Neutro Judicial.
Represión del contrabando
En materia de contrabando la Agencia Tributaria realiza, en coordinación con otros organismos del Estado, actuaciones de vigilancia y control en el espacio marítimo y aéreo español y, especialmente, en los recintos aduaneros, dirigidas a la represión y control del contrabando de estupefacientes, tabaco, falsificaciones y otros géneros, así como del blanqueo de capitales conexo.
En 2014, se intervinieron, fruto de estas actuaciones, 134.237 kg de hachís, 12.043 de cocaína y 9.599.962 cajetillas de tabaco, lo que supone un total de 1.659 delitos y 12.264 infracciones de contrabando. Asimismo, se han denunciado 137 delitos de falsificación y 109 de blanqueo de capitales.
Las cifras sobre contrabando y sobre las actuaciones realizadas durante este ejercicio se exponen en los siguientes cuadros del Anexo: